miércoles, diciembre 4, 2024
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Vulnerabilidad social y exigencia de justicia – Oficina jurídica ATD Cuarto Mundo

Allí donde hay personas condenadas a vivir en la miseria los derechos humanos son violados. Unirse para hacerlos respetar es un deber sagrado

 

El 17 de octubre de 1987, Joseph Wresinski, fundador del Movimiento ATD Cuarto Mundo, se dirigía con estas palabras a las miles de personas reunidas en la Plaza del Trocadero de París. Esta frase ponía de manifiesto que la lucha contra la pobreza no es solo cuestión de gestión de recursos o de estrategia para enfrentar la marginación y la exclusión. Aunque estas dimensiones sean importantes, es fundamental ampliar la mirada hacia el único horizonte que puede garantizar la erradicación de la pobreza: la efectividad de todos los derechos para todas las personas, sin excepción.

Vulnerabilidad social y exigencia de justiciaDesgraciadamente, muchas de las iniciativas y políticas actuales, lejos de garantizar estos derechos, ponen en evidencia la vulneración que sufren quienes viven en condiciones más precarias: se ven encerradas en trámites tortuosos, con innumerables barreras de acceso (como es el caso del Ingreso Mínimo Vital, que no garantiza la igualdad de oportunidades en el proceso de solicitud e impide el acceso a una información adecuada sobre las decisiones que se toman sobre el mismo); se les criminaliza por ocupar espacios abandonados, a su vez consecuencia de que se les cierren todas las demás puertas de acceso a una vivienda digna y asequible; se invade su intimidad y privacidad ya que por el hecho de vivir en situación de pobreza deben someterse a la supervisión de profesionales que muchas veces no disponen de suficiente recursos efectivos de apoyo más allá de la separación de los menores de sus familias.

Ante las constantes vulneraciones y recortes de derechos que sufren quienes viven en pobreza, desde ATD Cuarto Mundo lanzamos la propuesta de creación de una Oficina Jurídica de Derechos Sociales con la que movilizar el apoyo de profesionales del mundo del derecho para sumarse a la defensa de los derechos de quienes viven en mayor precariedad y en la denuncia cuando estos sean vulnerados.

La pobreza extrema es el resultado de múltiples violaciones de derechos humanos
Estas son algunas de las claves de funcionamiento de esta Oficina Jurídica:
  • Partir del estudio de casos y situaciones concretas que nos lleguen. Revisar si se puede dar respuesta a estas situaciones, y ver cuáles pueden tener un sentido estratégico: un caso ganado que pueda servir de horizonte para otros. Investigar en qué casos puede tener sentido abrir una vía jurídica.
  • Desarrollar formaciones y herramientas de lucha por el reconocimiento efectivo de los derechos. Por el momento se han realizado talleres sobre Ingreso Mínimo Vital y empadronamiento, y se ha generado una Caja de Herramientas accesible en la web.
  • Promover espacios de empoderamiento entre las personas afectadas, de manera que puedan servir tanto para el apoyo mutuo como para una reflexión colectiva que ayude a fijar prioridades en cuanto a las líneas de acción a desarrollar desde la Oficina Jurídica.
  • Enriquecer la lucha por los derechos a partir de la experiencia de quienes viven en situación de extrema pobreza.
  • Generar movilización social, promoviendo la comunicación y alianza con otros espacios o redes, priorizando la participación de las personas afectadas en ellas.
  • Avanzar a nivel más prospectivo en el ámbito legislativo, como con el tema de la Carta Social Europea, ejerciendo como grupo de presión político frente a la administración en temas clave (IMV, RMI, vivienda, empadronamiento).

La importancia de esta lucha por los derechos a partir de quienes viven la extrema pobreza ha sido ratificada en diferentes ámbitos. Por ejemplo, en 2012 el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas adoptó los Principios Rectores sobre la Extrema Pobreza y los Derechos Humanos, que se basan “en la idea de que erradicar la extrema pobreza no es simplemente un deber moral, sino que es también una obligación jurídica según el marco vigente de las normas internacionales de derechos humanos. En consecuencia, las normas y los principios de derechos humanos deben tenerse muy en cuenta en la lucha contra la pobreza y en la orientación de todas las políticas públicas, que afectan a las personas que viven en la pobreza”.

Estos Principios Rectores sobre la Extrema Pobreza y los Derechos Humanos reconocen que la pobreza extrema es el resultado de múltiples violaciones de derechos humanos, y explican las circunstancias de las violaciones más frecuentes hacia los derechos de las personas que viven en la extrema pobreza. Reafirman que las personas que viven en la extrema pobreza son titulares de derechos y pueden utilizar estos principios para reclamar sus derechos y ser reconocidos como actores en la lucha contra la pobreza.

Es imprescindible para recordar a las administraciones sus obligaciones en materia de Derechos Humanos, incluyendo los Derechos Sociales, Económicos y Culturales (DESC), así como para establecer mecanismos de evaluación y seguimiento efectivo de su cumplimiento. En España son especialmente significativos en este sentido las evaluaciones que se han realizado desde el Comité DESC de la ONU (que ha instado especialmente a evaluar la vulneración de derechos que han conllevado los recortes, especialmente para quienes viven en mayor pobreza, y acabar con la exclusión sanitaria de las personas migrantes y con los desahucios sin alternativa) y desde el Comité Europeo de Derechos Sociales (que basándose en la Carta Social Europea, gran desconocida en el marco legislativo de nuestro país, ha señalado la insuficiencia del sistema de rentas mínimas, ya que siguen manteniendo a quienes las reciben por debajo del umbral de la pobreza).

vulnerabilidad socialPara quienes encuentran a diario múltiples barreras para ejercer sus derechos, pasar de la enunciación de estos a su cumplimiento no es algo automático. Por ejemplo, hay una grave falta de información: miles de personas no saben dónde recurrir, con quién hablar, a quién solicitar. Hay también realidades que no dan el perfil: personas sin ningún tipo de ingresos que no entran en categorías de solicitud de renta o de vivienda, personas que tienen derecho o perciben rentas pero que de repente se cortan o disminuyen, sin justificación ni explicación, y que se quedan de nuevo sin ingresos. Hay miles de personas que perciben cuantías que no permiten ni emancipación ni vida digna y con procedimientos y procesos que realmente no toman en consideración dimensión de urgencia de la extrema pobreza que viven. Ningún organismo o institución se hace responsable de esta angustia, de la incomunicación, de la arbitrariedad en la cobertura de derechos y del funcionamiento del sistema de atención social deja a muchas familias libradas a su propia suerte y al apoyo de sus redes o del asistencialismo.

Además, la precariedad, el miedo y la inseguridad que viven en su situación contribuye muchas veces a bloquear los procesos de reclamación. ¿Cómo denunciar a la misma institución a la que estás pidiendo una ayuda para sobrevivir? ¿Cómo recurrir a los tribunales en caso necesario cuando la experiencia que muchas de estas familias tienen de los juzgados es que son el lugar donde tienes que ir cuando te van a desahuciar, quitar la tutela de tus hijos o multar o encarcelar a alguien cercano?

La Oficina Jurídica de Derechos Sociales y los diferentes grupos de apoyo mutuo son un espacio de grito y de escucha, de frustración, rabia y aprendizaje mutuo, pero sobre todo son un espacio donde se colectiviza la lucha por los derechos desde la empatía personal hasta la transformación de las políticas de derechos sociales. Somos un paisaje amplio por recorrer desde las vulneraciones al pleno derecho.

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