miércoles, diciembre 4, 2024
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CONSIDERACIONES Y PROPUESTAS PARA EL AVANCE REAL EN DERECHOS SOCIALES. LA POSTURA DEL FORO DE VIDA INDEPENDIENTE

Éxodo 87 (ener.-febr.’07)
– Autor: Foro de Vida Independiente –
 
INTRODUCCIÓN

El Foro de Vida Independiente es una agrupación de hombres y mujeres que promueve la participación ciudadana directa para erradicar la discriminación de las personas con diversidad funcional (discapacidad) y promover la lucha por la igualdad real de oportunidades de este colectivo. Este Foro carece de entidad jurídica y estructura económica, y muchos de sus miembros vivimos todos los días la situación de “dependencia”, causada, no por la gran diversidad funcional que tenemos, sino por la inexistencia de medidas efectivas que nos proporcionen una verdadera igualdad de oportunidades y erradiquen la discriminación que hemos sufrido a lo largo de toda la historia y que persiste hoy en nuestro país.

Este documento pretende resumir la postura del Foro ante la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia (LEPA). Está basado en otros documentos desarrollados desde el mismo Foro que analizan la Ley en sus diferentes aspectos y en los que se puede encontrar justificación y argumentación detallada de muchas de las ideas que aquí se exponen. Nuestra postura se puede resumir afirmando que esta Ley proporcionará a la sociedad española un insuficiente avance en servicios y un retroceso en derechos de las personas discriminadas por su diversidad funcional de todas las edades.

CONSIDERACIONES SOBRE EL DISEÑO Y ENTORNO DE LA LEY _ Aspectos ideológicos

Enfoque asistencial versus no discriminación e igualdad de oportunidades: – Se proyecta una ley regresiva, que remitirá la política social a tiempos anteriores a la Ley de Integración Social de los Minusválidos, 1982 (LISMI), e ignora el avance que supuso la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de 2003 (Ley 51/2003, LIONDAU) que pone el acento en los derechos y la condición de ciudadanía. – El principio de Vida Independiente ni se contempla ni se salvaguarda. – Tal como se estipula en la LIONDAU, esta ley debería ser una medida para erradicar la histórica discriminación que siempre hemos sufrido las personas con diversidad funcional en situación de dependencia aportando las herramientas (sociales, económicas y tecnológicas) necesarias para colocarnos en igualdad de oportunidades con el resto de la ciudadanía. _ Sin embargo se elude la oportunidad histórica y la responsabilidad de rediseñar unos servicios sociales bajo nuevos paradigmas y conceptos ya establecidos. Lo que fundamentalmente hace es poner los recursos de siempre bajo el paraguas de un “nuevo” sistema que sigue siendo discriminatorio para nuestro colectivo y asistencialista. La novedad que representa el concepto de asistencia personalizada, que es bienvenida, es tímida y difusa. – El espíritu y la letra del texto actual se alejan del acervo europeo y las líneas de progreso en materia de participación ciudadana, integración e igualdad de oportunidades suscritas en las recientes Declaraciones Internacionales de Madrid, 2002, (no discriminación + acción positiva = integración social) y de Málaga, 2003, (Progresar hacia la plena participación en cuanto ciudadanos). – En un análisis ideológico global, este anteproyecto es una iniciativa más cercana a la generación de puestos de trabajo y a generar actividad empresarial del tercer sector, basándose en las necesidades de las personas con diversidad funcional, que en la creación del cuarto pilar del estado del bienestar propio de un Estado de derecho.

Promoción de la autonomía y tradición de cuidados

– La denominación del futuro sistema debería ser “Sistema Nacional para la Promoción de la Autonomía” o “Sistema Nacional para la Vida Independiente”, en línea con el propio título de la Ley. – La ideología que subyace detrás del término “actividades básicas de la vida diaria”, que sólo hace referencia a las actividades de higiene y cuidado, ignorando otras que hoy día son igual de fundamentales, como el ocio, el disfrute del tiempo libre, las relaciones personales, la sexualidad, etc., nos colocan al nivel de criaturas que sólo aspiran a la mera supervivencia. Desde nuestro punto de vista se fomenta la “granjerización” de las personas con diversidad funcional. – Confunde en su articulado los conceptos de autodeterminación o autonomía moral (capacidad de tomar decisiones) con autonomía física, sensorial o intelectual (capacidad de realizar actividades físicas, sensoriales o intelectuales sin necesidad de apoyo). – Deja fuera del sistema a grandes colectivos de personas con necesidades de apoyo para su plena igualdad de oportunidades, como, por ejemplo, las que tienen una diversidad funcional transitoria y aquellos que tienen una diversidad funcional intelectual o mental.

Aspectos económicos

La manera de financiar el Sistema Nacional de la Promoción de la Autonomía propuesta por el gobierno actual, según nuestros análisis: – No involucra a toda la sociedad en el sistema, discriminando a la persona que vive una situación de “dependencia” responsabilizándola de su diferencia. – La financiación es insuficiente e injusta y empobrece a las clases más vulnerables de la sociedad. – Establece un copago en función de renta y patrimonio que es discriminatorio, impide la igualdad de oportunidades, desincentiva la incorporación al mundo laboral y vacía de contenido el concepto de universalidad de derechos fundamentales. – Hace que las personas que se acojan a este sistema, personas tradicionalmente discriminadas y económicamente débiles, paguen con el tercio que les corresponde para que la economía española crezca, mientras que las administraciones tendrán un gasto final de 0 euros. – En el mejor de los casos (suponiendo que los demás países no aumenten su inversión), pasa a España del duodécimo al octavo lugar de Europa en inversión en el sistema de promoción de la autonomía, siguiendo un 23% por debajo de la media europea. Mientras no se adopten las medidas necesarias para poner a España al nivel europeo medio de gasto social público en la promoción de la autonomía, resultará imposible afrontar este sistema con garantías de éxito.

Otros aspectos

– La creación del Sistema Nacional de Promoción de la Autonomía o de Vida Independiente es una recomendación que nace del Pacto de Toledo en el acuerdo publicado el 2 de octubre de 2003 3. Por ello entendemos que en línea con esa recomendación, el sistema final debe ser también consensuado y apoyado a través del Pacto de Toledo, de manera que se garantice su estabilidad independientemente del partido que gobierne. – La creación y seguimiento de este sistema debe realizarse con el consenso de todas las fuerzas políticas representadas en el Parlamento y en todos los Parlamentos Autonómicos. – La creación del sistema de dependencia fue prometida en sus programas electorales y mítines por los dos partidos mayoritarios PSOE y PP. – Para conseguir un sistema sostenible, los agentes sociales deben contribuir en todos los aspectos, incluido el económico y participar en la creación y seguimiento del sistema. – El texto de la Ley no se basa en el artículo 9.2 de la Constitución, que establece que corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitando su participación en la vida política, cultural y social, que es lo que necesitan la mayoría de las personas que viven en situación de dependencia . – Se debe garantizar que la intensidad de los servicios y las prestaciones económicas sean iguales en toda la geografía del Estado español, disponiendo mecanismos correctores que eviten desequilibrios por los estancamientos en mínimos frente a los desarrollos y mejoras del sistema. – Los servicios y prestaciones económicas deberán estar garantizados en el caso de desplazamiento por el territorio de la Unión Europea sin causar perjuicio alguno a los usuarios itinerantes por menoscabos en la integridad de la prestación, considerando los diferentes tratamientos y marcos laborales en el lugar de residencia destino.

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